viernes, 10 de octubre de 2008

DERECHOS DEL APRENDIZ SENA




El derecho se entiende como la potestad que tiene el aprendiz de hacer o exigir lo establecido en la ley y en la normativa SENA vigente, sin exclusión alguna por razones de género, raza, origen familiar o nacional, política, credo o lenguaje.






Algunos de los derechos del aprendiz SENA:




  • A recibir inducción completa del SENA, del proceso formativo y del compromiso como aprendiz SENA.

  • A la Formación Profesional acorde con el programa en el cual esta matriculado, y al crecimiento y desarrollo armónico de las dimensiones humanas según lo contemplado en la misión del SENA

  • A hacer uso adecuado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas, recursos: didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para la Formación Profesional.

  • A disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz que apoyan su desarrollo durante el proceso formativo, en la formación titulada: presencial o bimodal.

  • A participar en las actividades curriculares y extracurriculares de formación programadas por el SENA.

  • A ser tratado con dignidad y respeto por todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

  • A recibir orientación académica y de comportamiento que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social, sin detrimento de la divergencia política, ideológica y de credo por parte de quienes tienen la responsabilidad de dirección, de formación y de apoyo a la formación.

  • A hacer escuchado y atendido en mis peticiones siguiendo el debido proceso y el derecho de defensa.

  • A recibir en el momento de su matrícula el carné estudiantil que lo acredite como aprendiz del SENA, a renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al culminar el programa de formación o en caso de cancelación de matrícula.

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